El TS tumba las tablas salariales de los convenios colectivos empresariales si son inferiores a las que marcan los convenios colectivos estatales y abre la puerta a que los trabajadores reclamen la diferencia desde el 1 de enero de 2023. El alto tribunal determina que desde 2023 todos los convenios empresariales deben reflejar las tablas salariales de los sectoriales, aunque los primeros entraran en vigor antes de la reforma laboral de 2021. Con la reforma laboral de 2021 se obligó a que los convenios colectivos estatales fijaran los salarios mínimos, de modo que las compañías no pudieran imponer retribuciones inferiores. Esta norma tenía una DT sexta que afectaba a los convenios empresariales que estaban en vigor a la puesta en marcha de la reforma laboral, disposición sobre la que se ha pronunciado ahora el Supremo.